Adopción entre mayores de edad ¿ Es posible?

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Adopción entre mayores de edad ¿ Es posible?

Si alguna vez te has preguntado si es posible  o no la adopción entre mayores de edad, la respuesta es que si es posible, y así lo establece nuestro Código Civil.

Lo habitual, en la mayor parte de los casos, es que a la hora de adoptar la misma tenga lugar con un menor de edad, pues bien existe la posibilidad de adoptar a un mayor de edad.

Los  supuestos están tasados y recogidos en nuestro Código civil en los artículos 175 y siguientes.

¿Qué requisitos exige la ley para realizar esta adopción?

En primer lugar, el adoptante ha de ser mayor de 25 años y la diferencia de edad con el adoptado no puede ser inferior a 16 años ni superior a 45 años.

A su vez, ha de acreditarse una relación familiar duradera en el tiempo que avale la  creación del vínculo afectivo.

Por su parte el adoptado,  ha de consentir expresamente en la adopción. Los padres biológicos no han de asentir o consentir la misma, a lo sumo, podrán ser oídos por el juez.

¿Qué trámites hay que realizar?

La adopción se realiza a través de resolución judicial. Para ello hay que iniciar un procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria ante los  Juzgados de primera instancia .

Siempre es recomendable estar asesorado en todo momento por un abogado de familia que prepare la demanda, junto con la documentación y asesore a lo largo del proceso.

Efectos de la adopción

El efecto principal de la adopción es la creación del vínculo adoptivo entre el adoptado y el adoptante y familia. Un vínculo de filiación que produce los mismos efectos civiles que la filiación por naturaleza.

A su vez produce la ruptura de la relación con su familia biológica.

La adopción es irrevocable, salvo consentimiento expreso del adoptado.

Una vez se dicta la resolución judicial, se remite de forma automática por el Juzgado al Registro civil para realizar el cambio de apellidos del adoptado y realizar su inscripción.

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Socio fundador de SDR Abogados en Santander, despacho de abogados en Calle Burgos 11, 3º. Divorcios, Desahucios, Reclamaciones de Cantidad, Accidentes de Trafico, Herencias, Familia, Penal y Laboral.

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