Fases de la tramitación de la nacionalidad española

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Fases de la tramitación de la nacionalidad española

Con el aumento de la globalización y la facilidad de acceso a la información, muchas personas se han visto interesadas en obtener la ciudadanía española. Este proceso puede parecer complicado, pero con la ayuda adecuada y la presentación telemática, puede ser mucho más sencillo de lo que se piensa.

En este artículo, le mostraremos los tramites por los cuales la tramitación de la nacionalidad española pasa antes de ser aprobada. Una vez que hemos presentado todos los documentos para solicitar la nacionalidad, nuestro expediente pasa por diferentes estados, hasta que es resuelta nuestra solicitud.

Por lo general, el expediente se resuelve en el plazo de un año. Pero hasta ese momento, nuestra instancia pasa por diferentes estados, a saber:

  1. A la espera de ser admitido a trámite: Una ver presentada la solicitud vía telemática, este será el primer estado de la tramitación. Es de destacar que, en este punto el expediente ha sido recibido por el Ministerio de Justicia para su admisión.
  2. Abierto – Registrado: Una vez recibido el expediente por el ministerio de justicia es digitalizado y registrado.
  3. Abierto – En tramitación: El expediente se ha registrado correctamente. La administración se moviliza a los fines de resolver la solicitud de nacionalización. Sin embargo, en este punto no se han pedido los informes preceptivos.
  4. Pendiente de solicitud de los informes preceptivos: En este estado, la administración se encuentra verificando que el solicitante cumple con todos los requisitos. Para ello requiere documentación a otros órganos, tales como antecedentes penales y policiales, bases de datos del CNI y verificación del periodo de residencia continuada en España.
  5. Pendiente de respuesta de informes preceptivos solicitados: El Ministerio de Justicia ha solicitado los informes antes mencionados, esperando a que le sean remitidos para proceder a valorarlos.
  6. En estudio: Una vez se han recibido los informes, pasan a ser estudiados para resolver el expediente. Aquí se determina si falta documentación o información adicional, que deba aportar el solicitante.
  7. Requerido: Si consideran que falta algún documento, o se presentan dudas acerca de alguno, el estado cambiará a “Abierto- En tramitación. Requerido”. En estos casos, el solicitante será notificado de esta circunstancia y se le pedirá aportar esa documentación adicional o faltante para continuar.
  8. Pendiente de firma: Se ha valorado todo el expediente y hay una propuesta de resolución, la cual falta firmar para notificar la resolución positiva o de denegación al interesado.
  9. En calificación: Esta fase que puede presentarse luego de estado “en estudio” o previa a la obtención de la resolución final. La administración ha estudiado los informes necesarios, pero aún falta tomar la decisión.
  10. Abierto concedido: La expectativa de todo solicitante, en este punto finalmente se recibe una resolución favorable. La notificación correspondiente se hará de manera telemática, al correo electrónico del solicitante, de manera que se debe estar pendiente. En el mismo, se recibirá un código para poder descargar la resolución, mediante la carpeta ciudadana, también en este momento se inicia el plazo para pedir cita para la jura.

Otros estados posibles son:

  • Expediente archivado: Este estado se da cuando el interesado no ha presentado la documentación requerida o no ha completado correctamente el formulario de solicitud. En este caso, el expediente queda archivado sin posibilidad de continuar con el proceso hasta que se subsanen los errores o se presente la documentación necesaria.
  • Nacionalidad denegada: Este estado se da cuando la Administración Pública considera que el interesado no cumple con los requisitos necesarios para obtener la nacionalidad española. En este caso, se notifica al interesado la denegación de su solicitud y se le informa de los motivos por los que ha sido denegada.
  • Expediente en vía de recurso: Cuando se ha denegado la solicitud de nacionalidad, el interesado puede presentar un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo para intentar revertir la decisión. En este caso, el expediente pasa a estar en vía de recurso hasta que se resuelva el recurso presentado.
  • Estimado por recurso de reposición: Este estado se da cuando se ha presentado un recurso de reposición y la Administración Pública ha estimado el recurso presentado, es decir, ha considerado que el interesado cumple con los requisitos necesarios para obtener la nacionalidad española. En este caso, se otorga la nacionalidad española y se notifica al interesado.

Es frecuente que nuestros clientes nos pregunten en que estado se encuentra el expediente o en qué fase está, nosotros, al hacer la presentación de dicho expediente de forma telemática, podemos consultar su estado de forma rápida.

Hemos de resaltar, que los estados que aparecen tras las consultas por la web tienen carácter informativo y no surten efectos legales hasta que nos sea notificado de manera oficial.

Si quieres que nuestros abogados se encarguen de tu solicitud de tramitación española, ponte en contacto con nosotros.

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Socio Fundador en SDR Abogados | + posts

Socio fundador de SDR Abogados en Santander, despacho de abogados en Calle Burgos 11, 3º. Divorcios, Familia, Accidentes de Tráfico, Penal, Extranjería, Mediación.

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